El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley en el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público. Se fija un pago fraccionado mínimo del 23 por 100 para empresas que facturen más de diez millones de euros.

Pago mínimo: El Real Decreto Ley reestablece la figura de un tipo mínimo en el pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades. No se trata de una subida del tipo de gravamen del impuesto, sino de un mayor adelanto a cuenta de lo que deban tributar, que será descontado cuando presenten la oportuna declaración del impuesto, según estipula la Ley.

El tipo mínimo en el pago fraccionado será del 23 por 100 del resultado contable positivo y se aplicará a las empresas con un volumen de facturación superior a diez millones de euros.

Mayor proporción para calcular el pago fraccionado: Además de fijar un pago fraccionado mínimo, se modifica también el cálculo del pago fraccionado para las empresas con volumen de facturación superior a diez millones de euros, con el fin, precisamente de aproximarlo al tipo nominal del impuesto. De esta forma, se aplicará el 24 por 100 de la base imponible en vez del 17 por 100 actual.

El Real Decreto Ley entrará en vigor de forma inmediata, una vez que se publique en el Boletín Oficial del Estado.  El Real Decreto Ley deberá ser convalidado por el Parlamento en las próximas semanas.

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